ACTIVIDAD PROMOCIONAL “Aniversario 76”

ACTIVIDAD PROMOCIONAL “Aniversario 76”

El presente documento contiene las condiciones, restricciones, mecánica de participación, cronograma, sorteos, selección de ganadores, entrega de premios y demás reglas aplicables a la actividad promocional denominada “Aniversario 76” (en adelante, la “Actividad Promocional”). La participación implica la aceptación voluntaria, previa e íntegra de estos términos y condiciones, sin perjuicio de las disposiciones imperativas previstas en la normativa colombiana aplicable y de la autorización que corresponda expedir a Coljuegos.

La ejecución, publicidad y desarrollo de la Actividad Promocional estarán sujetos a la autorización previa de Coljuegos. En consecuencia, este reglamento deberá completarse con el número y la fecha del acto administrativo correspondiente antes de su divulgación pública o ejecución definitiva.

1. IDENTIFICACIÓN DEL ORGANIZADOR Y NATURALEZA DE LA ACTIVIDAD

1.1. Organizador. JAMAR S.A., identificada con NIT 900.061.516-4 (en adelante, “JAMAR”, “Muebles Jamar” o el “Organizador”), será la sociedad organizadora y responsable de la Actividad Promocional, de la solicitud de autorización, la consolidación de participantes, la verificación de requisitos, la realización de los sorteos, el contacto de los posibles ganadores, la entrega de los premios y el reporte de las actas ante la autoridad competente.

1.2. Naturaleza promocional. La Actividad Promocional tiene como finalidad incentivar las compras realizadas en Muebles Jamar mediante cualquier medio de pago y fomentar el pago oportuno de las obligaciones crediticias adquiridas a través del aliado financiero CREDIJAMAR S.A., identificado con NIT 900.461.448-8.

1.3. Ausencia de pago directo por participar. La participación no tendrá costo adicional para el cliente. Las compras de contado o financiadas y los pagos de cuotas que generen participaciones corresponden a operaciones comerciales o crediticias ordinarias, sin que exista pago directo, sobreprecio, compra de boleta, cargo adicional o contraprestación independiente para acceder a los sorteos.

1.4. Rol de CREDIJAMAR S.A. CREDIJAMAR S.A. actuará como aliado financiero y prestará el apoyo operativo necesario para verificar los pagos de cuotas, generar la información requerida para la asignación de participaciones y ejecutar las demás actividades que le correspondan conforme a este reglamento. CREDIJAMAR S.A. no tendrá la calidad de organizador del juego promocional.

2. NOMBRE, VIGENCIA Y COBERTURA

2.1. Nombre. La Actividad Promocional se denomina “Aniversario 76”.

2.2. Vigencia. La Actividad Promocional se desarrollará desde el 18 de septiembre de 2026 hasta el 9 de diciembre de 2026 a las 11:59 p. m., de conformidad con el cronograma establecido en este reglamento.

2.3. Cobertura territorial. Podrán participar personas naturales mayores de edad, residentes en Colombia, que cumplan los requisitos establecidos y realicen operaciones válidas en los puntos físicos o canales digitales y externos autorizados en Atlántico, Bolívar, Magdalena, Córdoba, Sucre, La Guajira, Santander, Cesar, Antioquia, Cundinamarca y Bogotá, D.C.

2.4. Autorización. La Actividad Promocional será ejecutada de conformidad con la Resolución No. 20260023084 DE 15 DE SEPTIEMBRE DE 2026, expedida por Coljuegos.

 

3. DEFINICIONES

3.1. Participante. Persona natural mayor de edad, residente en Colombia, que cumpla los requisitos de una o ambas modalidades de participación previstas en este reglamento.

3.2. Participación. Oportunidad asignada al cliente para ingresar al sorteo, siempre que cumpla la totalidad de condiciones exigidas para la modalidad correspondiente.

3.3. Compra válida. Compra realizada mediante cualquier medio de pago durante el periodo correspondiente, debidamente aprobada, facturada y recibida a satisfacción por el cliente dentro de las fechas previstas en el cronograma.

3.4. Pago de cuota válido. Pago completo, efectivo y registrado en el sistema de CREDIJAMAR S.A., correspondiente a una cuota de una obligación crediticia vigente, efectuado dentro del periodo aplicable y bajo las condiciones previstas en este reglamento.

3.5. Posible ganador. Participante cuya participación sea seleccionada de manera aleatoria y que se encuentre pendiente de contacto, aceptación, acreditación de identidad y entrega de la documentación exigida.

3.6. Ganador. Posible ganador que acepte el premio y entregue la documentación requerida dentro del plazo establecido.

3.7. Premio. Uno (1) de los tres (3) automóviles cero kilómetros marca KIA, DESIRET MT, línea Stonic, modelo 2027, caja mecánica, con tapetes incluidos y color sujeto a disponibilidad del concesionario.

3.8. Fecha de corte. Fecha y hora límite hasta la cual se tendrán en cuenta las compras, pagos, activaciones y demás condiciones para cada sorteo, según el cronograma oficial.

4. REQUISITOS GENERALES DE PARTICIPACIÓN

4.1. Podrán participar únicamente personas naturales mayores de edad y residentes en Colombia.

4.2. El participante deberá cumplir, de manera alternativa o concurrente, la modalidad de participación por compras o la modalidad de participación por pagos de cuotas prevista en este reglamento.

4.3. Solo generarán participaciones las compras realizadas mediante cualquier medio de pago y los pagos de cuotas de obligaciones financiadas por CREDIJAMAR S.A., efectuados en tiendas físicas de Muebles Jamar, canales digitales o canales externos autorizados, siempre que se cumplan las demás condiciones establecidas.

4.4. En las participaciones generadas por compras financiadas o por pagos de cuotas de obligaciones financiadas a través de CREDIJAMAR S.A., el cliente deberá encontrarse al día en sus obligaciones a la fecha de revisión establecida para cada sorteo.

4.5. El participante deberá suministrar información veraz, completa, exacta y actualizada, y mantener vigente el número de teléfono y el correo electrónico registrados para la comunicación de la participación en el sorteo.

5. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN

Podrán participar en la actividad promocional los clientes que cumplan cualquiera de las siguientes condiciones:

5.1. Participación por compras

5.1.1. Participarán en el sorteo los clientes que, durante la vigencia comprendida entre el 18 de septiembre de 2026 y el 30 de noviembre de 2026, realicen compras mediante cualquier medio de pago admitido en las tiendas físicas de Muebles Jamar, en sus canales digitales o en canales externos autorizados, por valor igual o superior a DOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($2.800.000), IVA incluido.

5.1.2. Para ser válida, la compra deberá encontrarse aprobada, facturada y recibida a satisfacción por el cliente en la dirección registrada en el documento de despacho, dentro de las fechas establecidas en el cronograma oficial de la campaña.

5.1.3. Cada factura independiente que cumpla individualmente con el monto mínimo ($2.800.000 IVA incluido) y la entrega a satisfacción otorgará una (1) oportunidad para participar en el sorteo. En consecuencia, un mismo cliente podrá obtener múltiples participaciones si cuenta con varias facturas válidas.

5.1.4. Una vez se registre en el sistema la confirmación de entrega de la mercancía, los clientes que hayan cumplido los requisitos recibirán una comunicación por correo electrónico y/o mensaje de texto (SMS) al canal registrado, mediante la cual se les informará la confirmación de su participación al sorteo; y previo a la realización de cada uno de los sorteos según cronograma se notificara al correo electrónico las oportunidades obtenidas. La falta de recepción de la comunicación no impedirá la participación cuando el cliente cumpla efectivamente los requisitos, sin perjuicio de que pueda validar su estado a través de los canales de atención dispuestos.

5.1.5. Cuando la entrega no pueda realizarse dentro del plazo por causas imputables al cliente, la compra no generará participación. Cuando el retraso sea atribuible a JAMAR o a sus operadores logísticos, el caso será validado por JAMAR, siempre que la compra haya sido aprobada y facturada dentro del periodo aplicable.

5.1.6. No generarán participaciones las compras anuladas, reversadas, devueltas, no facturadas, no entregadas o no recibidas a satisfacción, salvo la excepción prevista para demoras atribuibles al Organizador o a sus operadores.

5.2. Participación por pagos de cuotas de créditos vigentes o nuevos

5.2.1. Participarán los clientes del aliado CREDIJAMAR S.A. que tengan créditos con saldo vigente en cartera y cuotas mensuales iguales o superiores a setenta mil pesos ($70.000), siempre que realicen el pago completo de la cuota dentro de las fechas previstas en el cronograma.

5.2.2. Por cada cuota completa pagada al día respecto de la financiación otorgada por CREDIJAMAR S.A., a través de los canales de pago disponibles en tiendas físicas de Muebles Jamar, canales digitales o canales externos autorizados, el cliente obtendrá una (1) participación para el sorteo.

5.2.3. Los clientes que realicen pagos anticipados de cuotas futuras podrán obtener participaciones adicionales, otorgándose una (1) participación por cada cuota futura completa pagada anticipadamente que cumpla las condiciones establecidas en este reglamento.

5.2.4. Si el cliente paga la cuota en una fecha diferente a la fecha ordinaria de vencimiento, pero se pone al día dentro del mismo mes y dentro de la vigencia de la Actividad Promocional, obtendrá la participación que corresponda, siempre que cumpla las demás condiciones del reglamento.

5.2.5. Si el cliente presenta cuotas vencidas de meses anteriores y paga conjuntamente dichas cuotas y la cuota del mes vigente, únicamente se reconocerá la participación por la cuota correspondiente al mes en que se efectúe el pago. Las cuotas vencidas de meses anteriores no generarán participaciones.

5.2.6. Los créditos con cuotas inferiores a setenta mil pesos ($70.000) no generarán participaciones.

5.2.7. Los pagos inferiores al valor total de la cuota se considerarán abonos parciales y no generarán participaciones de manera independiente. Si la suma de los abonos completa el valor total de la cuota dentro del periodo correspondiente, se generará una (1) participación por la cuota completada, siempre que su valor total de la cuota sea igual o superior a setenta mil pesos ($70.000).

5.2.8. Una vez se registre en el sistema el pago efectivo del valor total de la cuota, los clientes que hayan cumplido esta condición recibirán una comunicación por correo electrónico y/o mensaje de texto (SMS) al canal registrado, mediante la cual se les informará la confirmación de su participación; y previo a la realización de cada uno de los sorteos según cronograma se notificara al correo electrónico las oportunidades obtenidas. La falta de recepción de la comunicación no impedirá la participación cuando el cliente cumpla efectivamente los requisitos.

6. CANAL PARA VALIDAR LA PARTICIPACIÓN

6.1. En caso de presentar inconvenientes, el cliente podrá comunicarse con la línea 300 910 8162 o mediante WhatsApp al 312 368 3461, dentro del periodo aplicable.

7. CRONOGRAMA OFICIAL

7.1. El participante deberá sujetarse a las fechas establecidas a continuación. No habrá lugar a reclamaciones por compras, pagos, activaciones o gestiones efectuadas por fuera de los plazos, salvo cuando el incumplimiento sea atribuible a JAMAR, CREDIJAMAR S.A. o sus operadores y pueda ser debidamente verificado.

7.2. Cronograma para compras

Fecha inicial para realizar compras

Fecha límite para realizar compras

Fecha límite para recibir la mercancía

Revision de requisites

Fecha de sorteo

18 de septiembre de 2026

6 de noviembre de 2026, 11:59 p. m.

15 de noviembre de 2026, 11:59 p. m.

19 y 20 de noviembre de 2026

21 de noviembre de 2026

18 de septiembre de 2026

30 de noviembre de 2026, 11:59 p. m.

6 de diciembre de 2026, 11:59 p. m.

10 y 11 de diciembre de 2026

12 de diciembre de 2026

 

7.3. Cronograma para pagos de cuotas de créditos vigentes y nuevos

Fecha inicial de pagos de cuotas recibidos

Fecha límite de pagos de cuotas recibidos

Revisión de cumplimiento de requisitos

Fecha de sorteo

18 de septiembre de 2026

15 de noviembre de 2026, 11:59 p. m.

19 y 20 de noviembre de 2026

21 de noviembre de 2026

18 de septiembre de 2026

9 de diciembre de 2026, 11:59 p. m.

10 y 11 de diciembre de 2026

12 de diciembre de 2026

 

7.4. Las oportunidades de participación son acumulativas y podrán generarse tanto por compras válidas como por el pago de cuotas de obligaciones financiadas con el aliado CREDIJAMAR S.A., siempre que se cumplan las condiciones establecidas en estos Términos y Condiciones.

7.5. Las participaciones generadas antes del primer corte participarán en el primer sorteo y continuarán habilitadas para el segundo sorteo, siempre que su titular no haya sido declarado ganador y conserve el cumplimiento de los requisitos aplicables, incluidos los previstos en el numeral 4.

7.6. Para las participaciones originadas en pagos de cuotas o compras financiadas por CREDIJAMAR S.A., el cliente deberá encontrarse al día en sus obligaciones a la fecha de revisión correspondiente. Si registra mora en dicha fecha, sus participaciones no serán incluidas en la base elegible del respectivo sorteo.

8. EXCLUSIONES, RESTRICCIONES Y VALIDACIÓN DE ELEGIBILIDAD

8.1. No podrán participar personas menores de edad ni quienes se encuentren legalmente inhabilitados para participar en actividades promocionales de esta naturaleza.

8.2. No podrán participar los empleados de JAMAR S.A. o de CREDIJAMAR S.A., ni sus cónyuges o compañeros permanentes.

8.3. No serán elegibles, por la modalidad de pagos de cuotas, los clientes cuyos créditos se encuentren refinanciados, reestructurados o castigados, ni quienes intervengan exclusivamente como fiadores o codeudores.

8.4. Cada cliente podrá ser declarado ganador una sola vez durante la Actividad Promocional, sin perjuicio de que pueda acumular varias participaciones válidas.

8.5. Antes de cada sorteo, JAMAR verificará las compras, pagos, activaciones, estado de las obligaciones, exclusiones y demás requisitos. Solo las participaciones que cumplan íntegramente las condiciones serán incorporadas en la base elegible.

8.6. JAMAR podrá excluir a cualquier participante cuando evidencie fraude, suplantación, alteración de información, manipulación de la mecánica, suministro de datos falsos o cualquier conducta contraria a este reglamento.

9. PLAN DE PREMIOS

9.1. JAMAR entregará un (1) automóvil a cada uno de los tres (3) ganadores individuales. Los vehículos serán cero kilómetros, marca KIA, línea Stonic, DESIRET MT, modelo 2027, caja mecánica, con tapetes incluidos. El color estará sujeto a la disponibilidad del concesionario.

Sorteo

Fecha

Premio

Cantidad

Valor unitario

Valor total

No. 1

21 de noviembre de 2026

KIA Stonic, DESIRET MT , modelo 2027, caja mecánica, cero kilómetros, con tapetes

1

$85.250.000

$85.250.000

No. 2

12 de diciembre de 2026

KIA Stonic, DESIRET MT, modelo 2027, caja mecánica, cero kilómetros, con tapetes

2

$85.250.000

$170.500.000

 

9.2. El premio no será canjeable ni redimible en dinero, ni sustituible por bienes o servicios diferentes a los descritos en este reglamento.

9.3. El ganador asumirá los gastos que no se encuentren expresamente incluidos, entre ellos: impuesto de ganancia ocasional; accesorios adicionales; matrícula; SOAT; desplazamiento o transporte para la reclamación y retiro del premio; impuestos, retenciones, tasas, contribuciones y demás conceptos que legalmente se generen con ocasión de la asignación y entrega.

9.4. Para la entrega, el ganador deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:

· Presentar la cédula de ciudadanía original.

·Estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) del Ministerio de Transporte.

· Encontrarse a paz y salvo con las autoridades de tránsito, tanto locales como nacionales, respecto de multas, impuestos, comparendos u otras obligaciones pendientes.

·Cumplir con cualquier otro requisito legal o administrativo que resulte exigible para perfeccionar la asignación, matrícula y entrega del vehículo.

9.5. JAMAR informará al posible ganador los valores, soportes y procedimientos requeridos para el pago de los conceptos a su cargo.

10. SORTEOS

10.1. El primer sorteo se realizará el 21 de noviembre de 2026, a las 11:00 a. m., en la tienda Jamar Principal de Barranquilla, ubicada en la Calle 34 No. 39-40, paseo Bolívar. En este sorteo se seleccionará un (1) posible ganador.

10.2. El segundo sorteo se realizará el 12 de diciembre de 2026, a las 11:00 a. m., en la tienda Jamar Norte de Barranquilla, ubicada en la Calle 77 No. 70-64. En este sorteo se seleccionarán dos (2) posibles ganadores.

10.3. Los sorteos se transmitirán en vivo a través de la cuenta oficial de Instagram o Facebook de Muebles Jamar y se realizarán en presencia de un delegado de la primera autoridad administrativa de Barranquilla o de quien corresponda conforme a la autorización aplicable.

10.4. Antes de cada sorteo, JAMAR consolidará una base única de los participantes que cumplan las condiciones de compras, pagos, activaciones, estado de obligaciones, restricciones y demás requisitos.

10.5. La base elegible será cargada en la plataforma tecnológica EASY PROMO, que garantiza trazabilidad, aleatoriedad, objetividad e integridad del proceso.

10.6. En el primer sorteo se seleccionará un (1) posible ganador principal y ocho (8) suplentes. el segundo sorteo se seleccionará dos (2) posibles ganadores principales y seis (6) suplentes para cada premio. Una vez seleccionado el primer posible ganador del segundo sorteo, las demás participaciones pertenecientes a ese participante serán excluidos antes de seleccionar al segundo posible ganador.

10.7. La fecha del sorteo corresponde a la fecha en la cual se efectúe la selección aleatoria de los posibles ganadores y suplentes.

11. SELECCIÓN, CONTACTO Y ACEPTACIÓN DE GANADORES

11.1. La selección se realizará de manera aleatoria entre todas las participaciones incluidas en la base elegible. Para cada premio se escogerá primero al posible ganador principal y, a continuación, a los suplentes en el orden en que podrán ser contactados.

11.2. El posible ganador será contactado por vía telefónica el mismo día del sorteo. Se realizarán hasta cinco (5) intentos al número registrado por el participante en la base de dato.

11.3. Si no se logra establecer contacto, se procederá a contactar al primer suplente el mismo día del sorteo, aplicando el mismo procedimiento, y así sucesivamente hasta definir al ganador o agotar la lista de suplentes.

11.4. Durante el contacto se validará la identidad; se describirá el premio; se informarán los conceptos no incluidos y a cargo del ganador, como matrícula, SOAT, impuestos, retenciones, impuesto de ganancia ocasional y gastos de desplazamiento; y se indicarán los documentos y plazos para aceptar y reclamar el premio.

11.5. El posible ganador deberá aceptar expresamente el premio y sus condiciones.

11.6. El posible ganador tendrá cinco (5) días calendario contados desde la aceptación para remitir los documentos de verificación de identidad, como la cédula de ciudadanía, y los documentos señalados en el numeral 9.4, a los correos dacevedo@jamar.com y yduque@jamar.com. JAMAR contará con cinco (5) días hábiles para revisar los documentos y coordinar la entrega.

11.7. El posible ganador será declarado ganador cuando acepte expresamente el premio y sus condiciones y entregue la documentación exigida dentro del plazo establecido. Si rechaza el premio o no entrega la documentación dentro del plazo, se contactará al siguiente suplente, respetando el orden de selección.

11.8. JAMAR elaborará un acta de cada sorteo y la remitirá a Coljuegos dentro de los diez (10) días siguientes a su realización.

11.9. El cliente declarado ganador en el primer sorteo será excluido de la base del segundo sorteo.

12. ENTREGA DE LOS PREMIOS

12.1. JAMAR coordinará con cada ganador la fecha, hora y lugar de entrega. El ganador deberá presentar su documento de identidad original y firmar el acta de entrega.

12.2. El premio será entregado personalmente al ganador. No se aceptarán representantes o apoderados para la recepción del vehículo y la firma del acta.

12.3. Los ganadores ubicados en Barranquilla, Cartagena, Santa Marta, Montería, Sincelejo, Riohacha o Valledupar deberán reclamar el vehículo en la tienda Jamar Principal de Barranquilla, ubicada en la Calle 34 No. 39-40, paseo Bolívar.

12.4. Los ganadores ubicados en Bucaramanga y Medellín deberán reclamar el vehículo en la tienda Jamar Mayorca  ubicada en la Carrera 48 (Avenida Las Vegas) # 50 Sur - 128, Sabaneta, Antioquia

12.5. Los ganadores ubicados en Bogotá o Cundinamarca deberán reclamar el vehículo en la tienda Jamar del Centro Comercial El Edén, Calle 12B No. 71D-31, local 1-092, Bogotá, D.C.

12.6. Los gastos de desplazamiento, alojamiento, transporte y demás erogaciones necesarias para acudir al lugar de entrega serán asumidos por el ganador.

12.7. El premio será entregado dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario contados desde la fecha del respectivo sorteo, de acuerdo con la normativa aplicable.

12.8. JAMAR elaborará un acta de entrega por cada premio y la remitirá a Coljuegos dentro del plazo aplicable.

13. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS Y CONSULTA DEL REGLAMENTO

13.1. Los resultados y el reglamento podrán consultarse en  https://www.jamar.com/blogs/jamar/aniversario-76       www.jamar.com  www.credijamar.com.co y en las cuentas oficiales de Muebles Jamar en Instagram (@mueblesjamar) y Facebook (Jamar Colombia).

13.2. La publicación de resultados incluirá únicamente la información necesaria para identificar a los ganadores y garantizar la transparencia de los sorteos, con observancia de la normativa sobre protección de datos personales.

13.3. JAMAR podrá divulgar comunicaciones resumidas, extractos, piezas publicitarias o avisos, siempre que no contradigan este reglamento y remitan a su versión completa.

13.4. En caso de contradicción entre una pieza publicitaria y este reglamento, se aplicará la regla más favorable al consumidor, siempre que sea compatible con la autorización de Coljuegos y la normativa aplicable.

14. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES E IMAGEN

14.1. JAMAR tratará los datos personales de participantes y ganadores conforme a la Ley 1581 de 2012, sus normas reglamentarias, las autorizaciones otorgadas por los titulares y su Política de Tratamiento de Datos Personales.

14.2. Los datos podrán ser tratados para validar requisitos, consolidar la base de participantes, realizar los sorteos, contactar posibles ganadores, verificar su identidad, entregar los premios, elaborar actas, atender solicitudes y reclamaciones, cumplir obligaciones legales y suministrar la información requerida por Coljuegos o por otras autoridades.

14.3. CREDIJAMAR S.A. podrá tratar y suministrar a JAMAR la información necesaria para validar los pagos de cuotas, el estado de las obligaciones, conforme a las autorizaciones aplicables y a los acuerdos sobre tratamiento de datos personales.

14.4. La política de JAMAR S.A. estará disponible en https://www.jamar.com/pages/proteccion-de-datos-personales. La política de CREDIJAMAR S.A. puede consultarse en https://credijamar.com.co/pages/politica-de-tratamiento-de-datos.

14.5. La autorización para utilizar la imagen, voz, nombre, testimonio o contenido audiovisual de los ganadores con fines publicitarios será solicitada de manera previa, expresa, informada y documentada.

14.6. La negativa a autorizar usos publicitarios de la imagen no afectará el derecho a recibir el premio, siempre que el ganador cumpla las demás condiciones. Esto no impide publicar la información mínima necesaria para la transparencia del sorteo.

14.7. Los titulares podrán ejercer sus derechos de conocimiento, actualización, rectificación, supresión, revocatoria y demás derechos reconocidos por la normativa, a través de los canales establecidos en las políticas aplicables.

15. RESPONSABILIDAD, GARANTÍA, MODIFICACIONES Y SUSPENSIÓN

15.1. JAMAR responderá por la organización de la Actividad Promocional y la entrega de los premios en los términos de este reglamento y de la autorización expedida por Coljuegos.

15.2. El ganador será responsable por el uso del vehículo después de su entrega, salvo que el daño, falla o inconveniente sea imputable a JAMAR, a sus aliados o a terceros bajo su control operativo.

15.3. La garantía del vehículo será atendida por el fabricante, importador o concesionario conforme a la garantía legal, el manual de garantía y las condiciones aplicables al vehículo. JAMAR entregará al ganador los documentos necesarios para su ejercicio.

15.4. JAMAR podrá excluir a cualquier participante cuando detecte fraude, suplantación, falsedad, manipulación, incumplimiento de requisitos o cualquier irregularidad que afecte la transparencia de la Actividad Promocional.

15.5. Previa autorización de Coljuegos, cuando sea exigible, JAMAR podrá suspender, modificar o cancelar la Actividad Promocional por fuerza mayor, caso fortuito, fraude, delito, falla tecnológica, imposibilidad operativa u otra circunstancia que afecte su legalidad, transparencia o normal desarrollo. La decisión será informada oportunamente por los canales oficiales.

15.6. La publicidad y los derechos de autor asociados a la Actividad Promocional serán de propiedad de JAMAR, sin perjuicio de las marcas, signos distintivos y contenidos de terceros autorizados.

16. CANALES DE ATENCIÓN, CONSULTAS Y RECLAMACIONES

16.1. Los participantes podrán consultar la mecánica, restricciones, cronograma y demás condiciones en https://www.jamar.com/blogs/jamar/aniversario-76    www.jamar.com  y www.credijamar.com.co.

16.2. Para validar la participación al sorteo, podrán comunicarse con la línea 300 910 8162 o mediante WhatsApp al 312 368 3461.

16.3. Las reclamaciones deberán presentarse a través de los canales oficiales de JAMAR, indicando nombre, documento de identidad, información de contacto, descripción de la solicitud y soportes correspondientes.

17. LEY APLICABLE Y OBLIGATORIEDAD DEL REGLAMENTO

17.1. La Actividad Promocional se regirá por la legislación colombiana, la autorización de Coljuegos y las normas aplicables en materia de juegos promocionales, protección al consumidor, protección de datos personales y publicidad.

17.2. La participación implica la aceptación de este reglamento, sus limitaciones, restricciones y procedimientos, así como de las decisiones que adopte JAMAR en su desarrollo, siempre que se ajusten a la ley y a la autorización correspondiente.

17.3. El incumplimiento del reglamento, el suministro de información falsa, la manipulación de la actividad, el fraude o la actuación contraria a la buena fe facultarán a JAMAR para excluir al participante y ejercer las acciones legales a que haya lugar.

18. PAUTA PUBLICITARIA

JAMAR S.A., identificada con NIT 900.061.516-4, realizará el juego promocional “Aniversario 76”, con vigencia del 18 de septiembre al 9 de diciembre de 2026. Participan clientes mayores de edad, residentes en Colombia, que cumplan los términos y condiciones del reglamento y que realicen compras iguales o superiores a $2.800.000, IVA incluido, efectuadas entre el 18 de septiembre y el 30 de noviembre de 2026 en tiendas físicas de Muebles Jamar, canales digitales o canales externos autorizados, y que hayan sido recibidas por el cliente a satisfacción. Cada compra válida otorgará una (1) participación. También participan los clientes que tengan cuotas de créditos vigentes con CREDIJAMAR S.A. iguales o superiores a $70.000 y cuyos pagos se realicen entre el 18 de septiembre y el 9 de diciembre de 2026 en tiendas físicas de Muebles Jamar, canales digitales o canales externos autorizados. Cada cuota completa pagada otorgará una (1) participación. En ambos casos, los clientes recibirán una comunicación al correo electrónico y/o un SMS al número de celular registrado, confirmando su participación en el sorteo. Premio: se sortearán tres (3) automóviles cero kilómetros marca KIA, línea Stonic, DESIRET MT modelo 2027, caja mecánica, con tapetes incluidos y color sujeto a disponibilidad del concesionario. Los premios no incluyen matrícula, impuesto de ganancia ocasional, SOAT, impuestos, retenciones ni gastos de desplazamiento, los cuales serán asumidos por el ganador. Sorteos: el primero se realizará el 21 de noviembre de 2026, a las 11:00 a. m., en la tienda Jamar Principal de Barranquilla, ubicada en la Calle 34 No. 39-40, paseo Bolívar, para un (1) vehículo; el segundo sorteo se realizará el 12 de diciembre de 2026, a las 11:00 a. m., en la tienda Jamar Norte de Barranquilla, ubicada en la Calle 77 No. 70-64, para dos (2) vehículos. Consulte la mecánica, fechas, restricciones y términos completos en https://www.jamar.com/blogs/jamar/aniversario-76. El juego promocional será ejecutado de conformidad con la Resolución No. 20260023084 DE 15 DE SEPTIEMBRE DE 2026, expedida por Coljuegos.

 

19. CONSTANCIA FINAL

El presente reglamento constituye la versión integral de los términos y condiciones de la Actividad Promocional “Aniversario 76”. Cualquier modificación deberá constar por escrito, ser aprobada por JAMAR y, cuando corresponda, contar con autorización previa de Coljuegos antes de su divulgación o implementación.